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Mié 23 Ago, 2023 11:20 am

  • LEY 19798 NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES

  • Aquí toda la normativa especifica y de interés para este sitio.
Aquí toda la normativa especifica y de interés para este sitio.
 #310  por Guillermo
 Vie 24 Mar, 2017 12:47 pm
LEY 19798 NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES

Art. 3º — Son de jurisdicción nacional: (federal)

a) Los servicios de telecomunicaciones de propiedad de la Nación.

b) Los servicios de telecomunicaciones, que se presten en la Capital Federal y en el Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

c) Los servicios de telecomunicaciones de una provincia interconectados con otra jurisdicción o con un estado extranjero.

d) Los servicios de radiocomunicaciones de transmisión y/o recepción cualquiera fuera su alcance.

Art. 22. — Los prestadores de los servicios de telecomunicaciones deberán contar con los medios más adecuados y poner la debida diligencia para asegurar el eficaz cumplimiento de los servicios que realizan.

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