La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, confirmo una multa de $ 500.000 impuesta a Flybondi por la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor por emitir en la web una publicidad sobre el costo de los vuelos, que era insuficiente e inducía a dudas en los consumidores.
Sucedió que el organismo de control, realizando un control en la página web de la aerolínea detectó una publicidad que ofrecía pasajes aéreos “desde $9 + tasas y cargos” la cual no cumple con los requisitos que exhibe la ley de publicidades de precios.
Por tal motivo le aplicó una multa de $ 500.000
Flybondi apeló la resolución y fue a la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, donde se defendió.
En octubre de 2020 la multa le fue ratificada y deberá pagar.
MORALEJA: Todos los proveedores deben exhibir el precio final de sus productos y servicios.
“El precio deberá expresarse en moneda de curso legal -pesos-, de contado y corresponderá al importe total y final que deba abonar el consumidor final.” (Ley 4827 art.2 CABA)
¿Vos que opinas? ¿Está bien sancionado Flybondi?
Sucedió que el organismo de control, realizando un control en la página web de la aerolínea detectó una publicidad que ofrecía pasajes aéreos “desde $9 + tasas y cargos” la cual no cumple con los requisitos que exhibe la ley de publicidades de precios.
Por tal motivo le aplicó una multa de $ 500.000
Flybondi apeló la resolución y fue a la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, donde se defendió.
En octubre de 2020 la multa le fue ratificada y deberá pagar.
MORALEJA: Todos los proveedores deben exhibir el precio final de sus productos y servicios.
“El precio deberá expresarse en moneda de curso legal -pesos-, de contado y corresponderá al importe total y final que deba abonar el consumidor final.” (Ley 4827 art.2 CABA)
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