CONDENAN A BOOKING A INDEMNIZAR A UN USUARIO Y CONSUMIDOR
El 18 de enero de 2015, una mujer contrató a través de la plataforma de hospedajes una estadía vacacional en un hotel ubicado en la ciudad brasilera de Canasvieiras para utilizarlo entre el 28 de febrero y el 15 de marzo de ese año. Sin embargo, cuando llegó al alojamiento fue evidente el estado de dejadez y abandono del lugar: los baños perdían agua, los muebles estaban rotos, había apliques eléctricos mal instalados, humedad en las paredes y la piscina en situación precaria y sin limpieza.
Los jueces de la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Juan Garibotto, Pablo Heredia y Gerardo Vassallo, coincidieron con el dictamen de la fiscal general Boquín, revocaron la sentencia dictada por el Juzgado Nacional en lo Comercial N°6 y condenaron a Booking Argentina S.R.L. a pagar la suma de $ 88.061,36 e intereses bancarios a la demandante.
“Booking.com.BV no está, como se dijo, absolutamente exenta de responsabilidades frente a los usuarios que pudieran ser calificados como consumidores”, indicaron los camaristas y agregaron que la filial local tenía un vinculo de dependencia con la casa matriz ubicada en Países Bajos.
Los jueces de la Sala D indicaron que la “jurisprudencia nacional ha concluido con específica referencia a Booking.com Argentina S.R.L. y apoyándose en el art. 40 de la ley 24.240, que en tanto interviene en la cadena de comercialización del servicio de turismo, resulta solidariamente responsable frente al usuario aunque no haya participado en forma directa del negocio jurídico, ya que resulta evidente que Booking.com.BV necesita de sus filiales -en el caso particular, de Booking.com Argentina SRL- para introducir sus productos turísticos en el mercado de consumo y ofrecerlos a potenciales consumidores”.
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Los jueces de la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Juan Garibotto, Pablo Heredia y Gerardo Vassallo, coincidieron con el dictamen de la fiscal general Boquín, revocaron la sentencia dictada por el Juzgado Nacional en lo Comercial N°6 y condenaron a Booking Argentina S.R.L. a pagar la suma de $ 88.061,36 e intereses bancarios a la demandante.
“Booking.com.BV no está, como se dijo, absolutamente exenta de responsabilidades frente a los usuarios que pudieran ser calificados como consumidores”, indicaron los camaristas y agregaron que la filial local tenía un vinculo de dependencia con la casa matriz ubicada en Países Bajos.
Los jueces de la Sala D indicaron que la “jurisprudencia nacional ha concluido con específica referencia a Booking.com Argentina S.R.L. y apoyándose en el art. 40 de la ley 24.240, que en tanto interviene en la cadena de comercialización del servicio de turismo, resulta solidariamente responsable frente al usuario aunque no haya participado en forma directa del negocio jurídico, ya que resulta evidente que Booking.com.BV necesita de sus filiales -en el caso particular, de Booking.com Argentina SRL- para introducir sus productos turísticos en el mercado de consumo y ofrecerlos a potenciales consumidores”.
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