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Lun 07 Ago, 2023 10:58 am

  • Y......¿VOS SABES COMO FUNCIONA LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR...?

  • Este espacio es la primer sala de lectura de nuestras novedades que son de fuerte interés de usuarios y consumidores, publicadas por vos o por nosotros. Estas novedades son información de uso practico muy útiles.
    Visitalo. Con seguridad encontraras algo que te servirá.
Este espacio es la primer sala de lectura de nuestras novedades que son de fuerte interés de usuarios y consumidores, publicadas por vos o por nosotros. Estas novedades son información de uso practico muy útiles.
Visitalo. Con seguridad encontraras algo que te servirá.
 #970  por Guillermo
 Vie 10 Abr, 2020 9:59 pm
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Estamos en plena cuarentena, pensando en el día después.

Somos abogados argentinos, por lo tanto responderemos cómo funciona la defensa del consumidor en Argentina, partiendo de la base que un consumidor compró un producto o un servicio y nunca le fue entregado, o no funciona, o no es lo que compro, y resulto perjudicado.

Lo primero que decimos, es que, ante un incumplimiento de un comerciante proveedor, no existe método alguno que en forma inmediata obligue al proveedor a cumplir lo que está incumpliendo. Los sistemas de defensa del consumidor no actúan durante el incumplimiento. Actúan después.

Las leyes argentinas han creado tres sistemas para que el consumidor perjudicado defienda sus derechos, que actúan después del incumplimiento.
SOMOS CLAROS: No en el mismo momento del incumplimiento, sino después.

1) El primer sistema: “Reclamo administrativo".
Este sistema te permite reclamar que el proveedor cumpla lo que prometió. Pero no permite pedir indemnizaciones por el perjuicio ocasionado.
Lo podés hacer sin ayuda de abogado. Pero te advertimos que te enfrentaras con el abogado del comerciante.

Se llama así porque la denuncia o reclamo se hace ante las autoridades administrativas de control, y son ellos quienes actuaran como jueces, en un breve juicio donde el comerciante incumplidor tiene la chance de defenderse. Si el incumplimiento no tiene justificación, lo obligan a que cumpla lo que prometió y también le aplican una multa, que se la queda al Estado. Pero no lo pueden obligar a que te pague una indemnización por los perjuicios que te causó.

Existen dos niveles de autoridades administrativas: la nacional y la provincial o local.

La nacional es la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, y tiene competencia en todo el país. Tiene una ventana virtual para ingreso de reclamos llamada Consumo Protegido aquí: http://www.consumoprotegido.gob.ar/user/register
En cada provincia, podes consultar en el siguiente link
https://www.argentina.gob.ar/produccion ... ales/jujuy

La local es la que está en tu provincia. Para contactarla buscala en el portal web de la gobernación.
En la Ciudad de Buenos Aires es la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor y el portal es el siguiente:
https://www.buenosaires.gob.ar/tramites ... consumidor

2) El segundo sistema: arbitraje de consumo. En este sistema actúan “árbitros”. Presentas tu reclamo, con todas las pruebas para demostrar los perjuicios y luego de un breve proceso (3 o 4 meses) los árbitros dictan una resolución o fallo que se llama “Laudo arbitral” que el proveedor está obligado a cumplir. Pueden obligar a pagar indemnizaciones por daños y perjuicios. Te permite usarlo sin abogado. Nosotros te sugerimos lo contrario. Con la asistencia de un abogado de nuestro estudio amplias las chances de obtener un fallo favorable. Funciona en la Ciudad de Buenos Aires. Consulta si tu provincia lo tiene. No tiene acceso web.

3) Tercer sistema: demanda judicial. Si no estás satisfecho con el resultado del “reclamo administrativo” y crees que es justo que el proveedor te pague una indemnización por los perjuicios ocasionados, debes reclamarlo mediante una demanda judicial, con abogado como patrocinio letrado.

En los tres sistemas nuestros abogados especializados en derecho de consumo te asesoraran en procura del mejor y mas rápido resultado.

Envianos tu consulta.

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